
Escribir sobre el silencio de una época oscura, permite encontrar las voces que fueron y ya no son palabras inconexas. Están unidas por el horror y la necesidad de cambiar el rumbo de un pueblo sometido.
Por @1986Mdp86
La literatura clandestina durante la dictadura militar de 1976-1983 en Argentina, denunció y representó las heridas sufridas por aquellos que no aceptaron lo impuesto. Desde el exilio, se describieron a través de las letras, los crímenes que se cometieron. Quizá, aún hoy, muchos piensen que el arte es ajeno a la realidad social, sin embargo es, desde mi punto de vista, el origen de grandes cambios y lugar para reflexionar con profundidad sobre lo que nos sucede.
Títulos como Los pichiciegos de Rodolfo Fogwill u Operación Masacre de Rodolfo Walsh, cuentan mejor los hechos de aquellos días que cientos de artículos periodísticos o históricos. David Viñas y Antonio di Benedetto, sólo por nombrar algunos, tuvieron que huir para no ser desaparecidos como Haroldo Conti o el propio Walsh.
Ellos no pudieron callar el dolor con sangre y fuego. Perdura en el tiempo. Hoy, aquellas palabras que se dijeron en soledad y bajo fuego, son símbolos de libertad y de necesidad de justicia.
Decretos que se publicaron en aquellos años, censurando editoriales y sus producciones.
Decreto S 258/1977
Bs. As., 31/1/1977
VISTO las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el artículo 23 de la Constitución Nacional durante la vigencia del estado de sitio, y
CONSIDERANDO:
Que es deber ineludible del Poder Ejecutivo Nacional preservar en todo momento el orden y la seguridad públicos, impidiendo todas aquellas actividades que puedan alterarlas.
Que las publicaciones aparecidas bajo la denominación “Ediciones Odal”, coadyuvan a mantener y agravar las causas que determinaron la implantación del estado de sitio.
Que dichas publicaciones revelan la misma orientación ideológica de otras que han sido objeto de medidas del Poder Ejecutivo Nacional en virtud de estar destinadas a producir reacciones de sentido opuesto en distintos sectores de la población.
Que la publicación de temas que permitan la proliferación de conflictos ideológicos-raciales no contribuyen al logro de los objetivos básicos fijados en el acta para el proceso de reorganización Nacional.
Que dicha literatura en modo alguno coincide con el sentir nacional.
Que conforme lo ha admitido reiteradamente la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el secuestro de una publicación se encuentra dentro de las facultades privativas del Poder Ejecutivo, acordadas por el mencionado artículo 23 de la Constitución Nacional.
Por ello:
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prohíbese la distribución, venta y circulación en todo el Territorio Nacional de las publicaciones pertenecientes a la editorial clandestina “Editorial Odal” y secuéstrense sus ejemplares.
Art. 2º — La Policía Federal adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
La censura de los artistas que no ocultaron sus opiniones durante la dictadura, valorizó aún más sus palabras haciéndolas eternas. Este 24 de marzo, invito a reflexionar sobre este privilegio de leer, escribir y ser leído.
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